La Corte Electoral en acuerdo del 10 de setiembre de 2019 estableció el procedimiento para dar cumplimiento a lo prescripto en la Circular 10.537 (Reglamento de las Elecciones Nacionales), en relación al soporte informático de las nóminas de candidatos que integran las hojas de votación.
El procedimiento consiste en una planilla de cálculo en la que se cargará la nómina de candidatos a la Cámara de Senadores (que deberá ser entregada en forma personal en el Departamento de Secretaría de la Corte Electoral) y una aplicación en línea en la cual deberán cargarse las nóminas de candidatos a la Cámara de Representantes y a la Junta Electoral.
En efecto, a partir del día 10 de setiembre las autoridades nacionales de los partidos políticos y las agrupaciones nacionales y departamentales podrán ingresar al sistema de nóminas y realizar el registro de las hojas de votación ante las Juntas Electorales.
A tales fines, les será remitido a los correos electrónicos declarados (revisar bandeja de entrada y spam) los usuarios y contraseñas.
Aquellas partidos políticos agrupaciones que no cuentan con correo electrónico declarado o el mismo se encuentre inactivo, podrán presentarse ante la Corte Electoral o la Junta Electoral según corresponda y por escrito solicitar que le sea remitido el usuario y la contraseña al correo electrónico que declare.